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El anteproyecto para la nueva ley del aborto

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Se blanquean sepulcros. Razón: aquí.

Aquí copio y pego un somero análisis del anteproyecto para la ley del aborto que presentó Gallardón. Perdonad si los párrafos están un poco manga por hombro y  en unos faltan puntos y aparte, mientras que en otros sobran. Escribí este texto en dos horas, el tiempo que tenía para leer el anteproyecto, informarme y comentarlo. No he querido modificarlo  porque se está comentando mucho por ahí y entiendo que es mejor que corra sólo una versión, para que no pueda haber confusiones sobre lo que ya se haya dicho de él.     

Lo enviaba con un adjunto en donde se encontraba el texto en PDF. Entre que soy más malo con la informática que con los viajes espaciales y que  me llegó sin la exposición de motivos, prefiero que miréis la página oficial:                                                                                                                                                          http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1215198252237/ALegislativa_P/1288774452773/Detalle.html

 Reconozco que esta vez le he echado un poco de cara al asunto y he esperado a que lo publicara Miguel en su blog para no tener que teclear todo el texto. Así, me ha bastado con un corta y pega y lo tengo aquí. Él hace unos comentarios personales en su blog que no le he copiado porque estaría feo. Visitadlo y los encontraréis. Enlaza también una web muy interesante, en donde hay otro análisis muy acertado. Más que el mío. (Hasta es mucho más corto y ameno.) Visitadla también, porque merece la pena.

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Os envío el anteproyecto de ley orgánica para la protección de la vida del concebido, que se aprobó en Cortes. Corren felicitaciones por los correos y se va cantando victoria sobre los supuestos logros alcanzados, pero no podemos dejarnos engañar ni bajar la guardia.

 

1-En primer lugar, llevamos más de un año de retardo malicioso. Mejor que no multipliquemos 365 X 300, para saber el número aproximado de hijos muertos por esta circunstancia de cobardía y estrategia electoralista. Quienes prometieron la modificación de la ley del aborto incumplieron sus promesas durante este tiempo y lo siguen haciendo, traicionando a lo que podríamos suponer que son sus principios, ya que así dicen profesarlos. 

2-La tramitación puede ser especialmente lenta, cubriendo quizá todo lo que queda de Legislatura, entre consensos y disenso. Habrá de ser sometida a votación final y sancionada, por lo que esto que se nos presenta no tiene nada de definitivo, pudiendo ser modificado hasta la saciedad. El efecto de esta demora es doble: Se mantiene en vigor la Ley Aído hasta que esta salga adelante (si sale) y puede suponer una suspensión del recurso que el PP interpuso ante el TC por dicha norma.

En definitiva, lo que viene a ser una regresión o el blindaje del actual estado de las cosas con pocas expectativas, como veremos. Genial. Pero hubo de añadirse que se agotará la legislatura con la [ley] Aído.

3-Si somos realistas, estamos ante un intento de regresión al coladero  de 1985, con la famosa excusa del “riesgo para la salud psíquica de la [que no es] madre”, el subterfugio más empleado a lo largo de la historia del aborto despenalizado en España.

4-Dicen que es un aspecto positivo el que teóricamente lo de matar a tu hijo pase de ser un derecho a ser un delito, pero en los artículos que se presentan es cosa muy diferente. Sólo puedo aplicar esta fórmula: Incongruencia + ley= ley de incongruencias. Luego veréis cómo trata esta ley a las culpables… Kafkiano.

5-Dicen que es verdad, que este texto considera la vida del no nacido como un bien a proteger. De ahí su título. Aun cuando en 2010 no era así, había sentada jurisprudencia a este respecto.

El problema viene cuando no se tiene la consideración inherente a la persona -dictaminada por su naturaleza-, sino como un ”objeto legislable”, equiparado en rango a un bien material o un animal de compañía.

El problema radica en un fósil, la institución de derecho romano (que igual nos viene de antes de Cristo) que establece que han de pasar 24 horas después del nacimiento, para que una persona sea considerada física y con plenos derechos. (Allanando el término). En la  actualidad llueven miles de pretextos para modificar la Constitución. Éste debería ser uno de los mayores motivos para hacerlo  y nadie lo plantea. Creo que PFYV debe presentar esta batalla como uno de sus principales cometidos.

6-Y repiten entre sonrisas el nombre de este anteproyecto: “Ley Orgánica para la protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada.” Tampoco estaba falto de poesía el título de la de Aído: “Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo”. Tampoco sonaba mal la placa que pusieron sobre Él: “Jesús nazareno, rey de los judíos.” Y le pusieron también una corona… de espinas, para torturarle hasta la muerte. No otorga dignidad el título, sino la debida consideración. La preterición evidente supone más el aspecto de mentira que un claro concepto de justicia.

7-Muchos aceptan como un avance que se exija una semana de reflexión a la mujer, antes de permitir que consienta en un aborto. Si se tratara de un atentado terrorista, no se vería legítimo autorizarlo en una semana ni en toda una vida, ya que lo que se responde es pernicioso e inmoral. Pues bien: El aborto es aún más pernicioso y más inmoral que el coche-bomba o el tiro en la nuca. Se habla de consentimiento informado, pero se rechazó la propuesta de UPN (Unión del Pueblo Navarro), que exigía que esta información incluyera por ley una ecografía de la gestante. Los motivos que exponía esta formación política eran claros, evitar los “equívocos interesados”, el engaño de que son “sólo unas células” o “que no es un ser vivo todavía”. Los abortorios las hacen de curso, para decidir el método de exterminio que van a emplear, pero incurren en ocultación diagnóstica al no permitir que sus víctimas las vean.

Habida cuenta de que el ecógrafo constituye el método mejor, más fiable y gráfico de prospección en los medios de diagnóstico existentes en la actualidad, se protege el oscurantismo y se favorece la negligencia voluntaria para obrar en un entorno acomodaticio de desconocimiento interesado.

8-Se prohíbe la publicidad de los abortorios. Puede entender que está muy bien y es muy recomendable quien no caiga en la cuenta del intento de ocultación de los mismos. No obstante, hay una “puerta trasera” para esta publicidad, ya que la interesada sí podrá recibir información sobre estos centros. (Concluyo que más que prohibirse, se encauza o regula por donde interesa y puede seguir resultando efectiva.)

9-Se regula la objeción de conciencia para los sanitarios, procurando que todos ellos puedan ejercerla a título personal. Esto está muy bien, pero sería de justicia que permitiera también la objeción fiscal de todos los contribuyentes, ya que los abortos habremos de pagarlos entre todos, formando parte del sistema sanitario que se financia por el erario público. Y nos obligarán a pagar estos asesinatos -aun cuando nos repugnen- en un país en donde se puede escoger si una irrisoria cantidad de nuestros impuestos va a destinarse o no a las obras de caridad y beneficiencia de la Iglesia Católica. No, no habrá una casilla para los abortos en la declaración de la renta. No se trata ya de una aceptación forzosa, sino de la obligación (por ley) a complicidad en el delito. (Como delito se tipifica.)

10-Se detallarán las alternativas al aborto (Adopción, acogida, guarda administrativa…) cuando se recabe el consentimiento informado. Muy bien, pero muy mejorable: Por ley, se tendrían que dar a conocer todas las iniciativas en su ayuda. Tanto públicas, como privadas y personales. Porque NO tienen previstas estas ayudas en esta ley. (Ya me contarán por qué).

11-Vuelve el coladero de “riesgo para la salud”. Se requerirá que el asesoramiento a la mujer que quiera abortar se practique en centros externos a los abortorios. El informe previo lo tendrán que emitir sucursales-tapadera del matadero, no el mismo centro.  En la práctica, supondrá una subida de las tarifas en “B” por aborto, alegando estos dispendios. Quizá la falsificación documental y la firma de folios en blanco a que el “Dr.” Morín nos tiene acostumbrados.

12-Las mujeres de edades comprendidas entre 16 y 18 años necesitarán del consentimiento paterno para abortar. (Que digo yo, la edad fértil empieza mucho antes.) En teoría, pero este artículo no puede confrontarse sin merma de lógica con otro que establece que según cómo, basta que un sólo progenitor lo apruebe, aun cuando el otro no sepa nada. Ya la tenemos liada: Se va a quien sí está de acuerdo, ocultando la decisión al otro. Y en la práctica, tenemos que se permite expresamente la ocultación a uno de los dos, esto es matemática pura y no tiene vuelta de hoja. Aunque “Igualdad no es justicia”, esto mucho menos.  

13-Se mantiene el aborto en caso de violación. Cuando no se da pena de muerte al violador, por motivos éticos o humanitarios, ésta recae sobre el menos culpable en el acto, el único de quien técnicamente puede afirmarse con toda claridad que no estaba allí. Por si fuera esto poco, pasa de haber un culpable (El violador) a haber dos, ya que se suma la homicida. (Recuerdo que se tipifica de nuevo el aborto como delito.)

No importa que la ciencia médica haya esclarecido la práctica inviabilidad de un embarazo en la mayoría de violaciones, se prescinde de la inocencia del hijo, del derecho que le asiste (véase el título de este anteproyecto) y de las alternativas al aborto.

14-Recupera el supuesto de 1985, “Riesgo para la salud psíquica de la [que no va a ser] madre”.

Es un coladero histórico, la perpetuación de la mentira y modus operandi de aborteros como Morín. No se contempla este riesgo para dar evitar la pena de cárcel o para la escolarización obligatoria. Tampoco se observa el evidente riesgo en modo inverso: Un aborto provocado supone un grave riesgo para la salud de quien lo sufre. El SPA (Síndrome post aborto) está probado, demostrado  y hasta puesto en datos estadísticos que arrojan una alta incidencia de casos.

15-Se castigará con penas de 1 a 3 años de cárcel a quien practique abortos ilegales o induzca a practicarlos. Sin tener en cuenta los modos que la misma ley establece para que todos podamos “blanquear” esta ilegalidad (Como el de ser el progenitor que sí se entera de la película) hay desproporción en la pena, estableciéndose la que corresponde a un homicidio involuntario en donde se tipifica uno provocado y con intencionalidad. El arquitecto que falla en sus cálculos de resistencias y tiene la mala suerte de que se le cae una viga y mata a alguien sufre la misma pena que el criminal a sueldo que no entre en la parte autorizada… (Si lo hace, no hay cárcel sino consideración profesional.) 

16-Habiendo prohibido el aborto eugenésico, esta ley lo mantiene de facto para el supuesto de “malformaciones incompatibles con la vida”. Es gran disparate favorecer aquello que es técnicamente incompatible con la vida (el asesinato) para remediarlo. No sólo se obstruye la evolución favorable que puede darse para sorpresa de los mismos médicos (o ante su error de diagnóstico) que podrían llevar a una gestación completamente normal (y estoy más que harto de ver esta realidad en los “rescates”), sino que se establece un nuevo coladero. El aborto tiene consecuencias irreversibles e irreparables de muerte fetal intencionada. Nunca la praxis médica ha optado por el empeoramiento de la salud cuando ésta es mala, porque esta actitud es contraria a todos los códigos deontológicos existentes hasta la fecha. Y el peor estado de salud es la muerte. Aquí tenemos una eutanasia fetal encubierta.

Aunque en la letra prohíbe el aborto por causas de  discapacidad, si se supone que ésta conlleva un “riesgo psíquico para la [no] madre”, estamos al cabo de la calle. Otro de los despropósitos.

Una observación sobre el aborto eugenésico: Podrá parecer un alivio que se prohíba, pero viéndolo con detenimiento, supone un agravio comparativo hacia los fetos sanos, siendo por tanto pérdida para los más, aunque se salven los menos. (Todos tienen derecho a vivir.) 

17-Entendiendo que “se trata siempre de una víctima”, despenaliza la conducta de  las mujeres que abortan. El más perezoso diría aquí -sin necesidad de pensar demasiado- que si el aborto convierte a las mujeres en víctimas, debiera prohibirse en lugar de elaborar una ley que lo permita, pero a la vez caería en la cuenta de que es precisamente esta ley la que produce tales víctimas. Surrealista, pero no lo es menos la consideración subsiguiente: Una ley que tipifica un delito habría de perfilar al delincuente y fijar pena para él (ella). En su lugar, se desplaza la víctima del muerto a quien le ha matado, para absolverlo. Se hace sin dejar margen judicial; quiero recordar que no son lo mismo la praxis jurídica y la praxis legislativa, por lo que esto supone un atentado a la división de poderes, que conforma un pilar del Estado de Derecho en España. No se ha dado una absolución más injusta y flagrante desde que la Vicepresidenta del Gobierno Mª Teresa Fernández de la Vega absolvió por televisión a las inculpadas en el primer caso Morín, cuando aún estaba en fase e instrucción de sumario. La víctima del sueño al volante puede sufrir años de cárcel, si de su conducción resulta un accidente, pese a ser completamente indeseado. Ya vemos que se puede matar a los hijos por ser humanos y no por tener discapacidades si falta la excusa oficial, colegialmente autorizada. Así, habremos de entender el pomposo título del anteproyecto como “de ley orgánica de protección del concebido y de los derechos de la mujer embarazada a violarlos.” “Ley de borrachos de taberna” la llamo en mi blog, con justificada indignación.

No concurren necesariamente circunstancias que releguen de la responsabilidad penal a la mujer que perpetra un aborto. O falta el valor para reconocer las coacciones del entorno, la violencia y el abandono que lleva a muchas de ellas a abortar.

Como veis, falta comentar la exposición de motivos. Ya he explicado que no me llegó el día en que escribí este texto, por lo que queda pendiente. Espero tener tiempo para hacerla, aunque voy muy atareado últimamente.

Por Iñigo Ruiz

«Un paso adelante» ¿En qué dirección?

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Ayer salió a votación (¡Por fin!) el anteproyecto de la ley para la reforma de la ley del aborto, que lleva por título «Anteproyecto de ley de protección para la vida del  concebido y de los derechos de la mujer embarazada». Cinco días antes de Navidad, con el poco valor que demuestran quienes quieren pasar desapercibidos y sin plantar cara de manera decidida a los verdaderos problemas que afronta España. Esta es la decisión que caracteriza al actual Gobierno, esta es la realidad de Mariano Rajoy y del Partido Popular.

Podría decir de quien se sorprenda que está en la inopia, de no ser que escribo esta entrada para confesar que también yo permanecía en ella hasta el día de ayer. Desde luego, no sobre las intenciones tan mal ocultadas del PP y de los suyos, no sobre el flagrante incumplimiento de sus promesas electorales o la traición a sus propios principios, sino sobre la postura de los míos.

Reconozco que he recibido una honda decepción y siento malestar al tener que tocar este tema, pero la sinceridad me fuerza a hacerlo. Me ha sentado muy mal que Ignacio Arsuaga -en quien confío plenamente, a quien me he entregado en la lucha- escribiera en su blog: «En 2008 nos propusimos parar la «Ley Aído» y en 2010 derogarla. Y lo hemos conseguido. [¿Nosotros?¿Cuándo?]. Sin nuestra acción en la calle, en los medios, en internet [Aborto CERO, oiga: CERO PATATERO, CERO A LA IZQUIERDA, que es el que no vale], el Gobierno no habría aprobado un anteproyecto como el que se aprobó ayer.»

Y hoy aparece en TVE 1 diciendo que «es un paso adelante». Oyéndole, habríamos de suponer que este anteproyecto recoge en su articulado todos los derechos que asisten a los hijos en gestación, que se ha llegado a una formulación jurídica incuestionable, justa y deseable. Pero no se trata de nada de esto, por lo que prefiero recordar una anécdota cómica que alivie un poco la tensión. Se trata de unas frases que se hicieron célebres, por pertenecer a un discurso proclamado ante una multitud: «El año pasado, estábamos al borde del abismo. Hoy hemos dado un paso adelante.»

Hasta ahora no había ninguna ley en  España que fijara la impunidad de los que se consideran criminales por la misma norma, basándose en la doble consideración de víctimas. Ayer inició su andadura esta incongruencia legislativa, en donde el aborto se tipifica como crimen y delito, pero no podrá castigarse.

Y corren parabienes y felicitaciones en los mensajes privados y correos electrónicos, porque se establece la prohibición de que las menores aborten sin consentimiento paterno, cuando podrá ocultarse a uno de los padres. Si así se establece, se está autorizando este extremo a la vez que se enaltece la patria potestad de cuyos efectos se priva por ley. «Ley de borrachos de taberna», podría haberse llamado. Y es que en cualquier tasca de España podemos encontrar las «leyes del bar», que demuestran una mejor praxis jurídica y una coherencia mayor que la que tanto se alaba.

Se reabre el coladero del «riesgo para la salud psíquica de la [no ] madre», pero parece que es aborto del PP, que mata mejor o menos que el otro, todos contentos. Y digo yo: ¿Cuándo sabrá hijo que muere si ha sido un partido u otro quien ha decidido su muerte?.

No es un gran paso esta idea de ley, ni es una gran noticia la de saber que se nos obligará  a todos a pagar estos asesinatos con nuestros impuestos, que cualquier persona podrá perpetrar un aborto, mientras tenga supervisión médica.

Por mi parte, no puedo alegrarme porque haya menos abortos. Primero, porque cuenta cada una de las vidas que se pierden en una injusticia que clama al Cielo tanto como todo su conjunto; y segundo, porque no veo por ninguna parte que el texto aprobado suponga un descenso de víctimas mortales, sino que hay un cambio estético en la programación de este exterminio.

Nos la están metiendo doblada y hay quien no se da cuenta. Hasta este momento distinguíamos entre posturas ideológicas o argumentales y el hecho en litigio, buscando la resolución de lo último a través de la comprensión de lo primero o en su caso, el disenso. Pero en este texto se incluye una falacia sin precedentes: La de que el intento jurídico de prohibición de un delito tipificado supondría la desatención de aspectos ideológicos, algo así como entenderlo como una falta a la libertad de expresión.

No puedo hacer más que citar a Forges, diciendo con él: «¡País!».

Por Iñigo Ruiz.

Written by barcelonavida

diciembre 21, 2013 at 11:06 pm